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Cámara de Representantes · Introduced · 2025-2026 Regular Session

HB 1210: Courts; protections for children who adopt an identity that differs from their sex; provide

Última acción: 9 de febrero de 2026 · House Second Readers

El Proyecto de Ley 1210 de la Cámara prohibiría que padres, tribunales y agencias estatales trataran los esfuerzos de un padre por criar a un hijo conforme al sexo biológico del niño como abuso o motivo para perder la custodia, y restringiría las colocaciones, la capacitación y la conducta de empleados estatales relacionadas con el género.

Leer el texto completo del proyecto de ley (en inglés)

Estos botones llevan el texto del propio proyecto de ley, en inglés, no los resúmenes de abajo. Copiar para un LLM, Ver en Markdown y Enviar a una IA usan la versión Markdown: el texto tal como se presentó, seguido de los resúmenes bajo un encabezado que los identifica como nuestros. Ver texto sin formato es el texto solo.

Los resúmenes de abajo son traducciones de resúmenes en inglés escritos por un modelo de IA (claude-sonnet-5) a partir del texto del proyecto de ley; no forman parte de él. El proyecto de ley está en inglés. Cite el texto, no el resumen. El texto almacenado es la versión Introduced, la más reciente que publica el sitio web de la Asamblea General.

En lenguaje claro

Este proyecto de ley agrega nuevas secciones a las leyes de Georgia sobre dependencia, abuso infantil, servicios sociales y gobierno estatal. Define 'sexo' como el sexo biológico de una persona (femenino o masculino según la capacidad reproductiva) y define 'afirmar' el sexo de un niño como usar el nombre legal y los pronombres del niño que correspondan a ese sexo, negarse a intervenciones médicas que alteren las características sexuales secundarias, y orientar la consejería en contra de apoyar una identidad de género diferente. El proyecto de ley establece que las acciones de un padre que afirman el sexo de un niño nunca pueden tratarse como abuso, negligencia, ni como motivo para retirar a un niño de la custodia de un padre o declarar un caso como dependiente. Los tribunales no podrían exigir a los padres que consientan tratamientos que alteren el cuerpo de un niño para que coincida con una identidad de género diferente. Los proveedores de colocación en hogares temporales y adoptivos podrían negarse, por motivos religiosos o de creencias sinceras, a negar el sexo biológico de un niño, y las agencias estatales deben colocar a los niños bajo custodia estatal basándose únicamente en el sexo del niño. A los empleados y contratistas estatales se les prohibiría alentar a un niño a adoptar una identidad de género diferente u ocultar dicha solicitud a los padres, y el estado no podría contratar ni administrar programas de capacitación que caractericen la crianza que afirma el sexo como abuso o que promuevan la transición de género.

Qué hace el proyecto de ley

  • Crea una nueva sección del Código (15-11-114) que establece que las acciones de un padre que afirman el sexo biológico de un niño nunca pueden contar como abuso, negligencia, ni como motivo para la pérdida de custodia o una declaración de dependencia.
  • Crea una nueva sección del Código (19-15-8) que define 'sexo' y 'afirmar' y prohíbe que empleados estatales, trabajadores sociales y tribunales traten la crianza que afirma el sexo como abuso o como base para retirar a un niño.
  • Prohíbe que los tribunales ordenen a un padre consentir o facilitar tratamientos hormonales, químicos o quirúrgicos que alteren la apariencia de un niño para que coincida con una identidad de género diferente.
  • Permite que padres de hogares temporales y adoptivos, cuidadores de parentesco y otros contratistas del bienestar infantil se nieguen, por motivos religiosos o de creencias sinceras, a negar el sexo biológico de un niño, sin perder una colocación o certificación.
  • Exige que el Departamento de Servicios Humanos y el Departamento de Justicia Juvenil certifiquen anualmente que no tienen ninguna política que obligue a los proveedores a actuar en contra de esas creencias.
  • Exige que el estado, al colocar a un niño bajo su custodia, base las decisiones de colocación únicamente en el sexo biológico del niño, y prohíbe que empleados o contratistas estatales alienten a un niño a adoptar una identidad de género diferente u oculten dicha solicitud a los padres.

A quién afecta

Padres y tutores legales involucrados en casos de custodia o dependencia, niños en los sistemas de cuidado temporal y justicia juvenil, padres de hogares temporales y adoptivos y cuidadores de parentesco, trabajadores sociales, tutores ad litem y personal judicial, empleados y contratistas estatales, y organizaciones que brindan capacitación o servicios al sistema estatal de bienestar infantil.

Por qué importa

El proyecto de ley cambiaría la forma en que los tribunales y las agencias de bienestar infantil manejan los casos relacionados con la identidad de género de un niño, protegiendo a los padres que se niegan a apoyar la transición de género de un niño frente a determinaciones de abuso, mientras restringe a los empleados estatales, las colocaciones y los programas de capacitación de apoyar dicha transición, afectando a familias, niños en hogares temporales y trabajadores sociales en todo el estado.

Disposiciones clave

  • La Sección 1 agrega el O.C.G.A. § 15-11-114, que protege el derecho de un padre a afirmar el sexo de un niño en procedimientos de custodia y dependencia frente a ser tratado como abuso o motivo para perder la custodia.
  • La Sección 2 agrega el O.C.G.A. § 19-15-8, que define 'sexo' según la capacidad reproductiva biológica y 'afirmar' para incluir el uso de nombres y pronombres consistentes con el nacimiento, y negarse a servicios médicos o de consejería relacionados con la transición.
  • La Sección 2 prohíbe que afirmar el sexo de un niño se use para iniciar o continuar una investigación de servicios de protección infantil o para impedir el regreso de un niño a la custodia de un padre.
  • La Sección 2(c) prohíbe que los tribunales exijan a un padre consentir intervenciones sociales, hormonales, químicas o quirúrgicas que alineen la apariencia de un niño con una identidad de género diferente.
  • La Sección 3 agrega el O.C.G.A. § 49-1-9, que permite a proveedores de hogares temporales, adoptivos y de parentesco negarse a negar el sexo de un niño por motivos religiosos o de creencias sinceras sin perder colocaciones, y exige la certificación anual de la agencia sobre esta política.
  • La Sección 4 agrega el O.C.G.A. § 49-5-8.2, que exige que el Departamento de Servicios Humanos base las decisiones de colocación de niños únicamente en el sexo biológico del niño.
  • La Sección 5 agrega el O.C.G.A. § 50-1-15, que prohíbe que empleados y contratistas estatales alienten a un niño a adoptar una identidad de género diferente, oculten dichas solicitudes a los padres, o dirijan capacitaciones que traten la crianza que afirma el sexo como abuso o que promuevan la transición de género.
  • La Sección 6 incluye una cláusula de divisibilidad para que las demás disposiciones sigan vigentes si un tribunal anula alguna parte.

Del proyecto de ley

“In no event in any custody or dependency proceedings shall a parent, guardian, or legal custodian's actions affirming a child's sex be considered abuse; neglect; not in the best interests of the child's safety, health, and welfare; or grounds for loss of custody or a finding of dependency.”

Esta nueva sección del Código protege a los padres de determinaciones de abuso o custodia por criar a un niño conforme al sexo biológico del niño.

Cita en el idioma original del documento

“In no event shall a court require a parent or legal guardian to consent to or facilitate social, hormonal, chemical, or surgical interventions designed to alter a child's secondary sex characteristics to align the child's appearance with an identity that differs from the child's sex.”

Esta disposición impide que los tribunales ordenen a los padres aprobar tratamientos de transición de género para sus hijos.

Cita en el idioma original del documento

“No prospective or current foster or adoptive parent, kinship care provider, emergency placement, or other contracted provider of services to children in the custody of the State of Georgia shall be required to perform or undergo any of the following actions, if doing so is contrary to such individual's or such provider's religious beliefs, sincerely held beliefs”

Esta sección permite que los proveedores de hogares temporales y adoptivos se nieguen a apoyar la transición de género de un niño por motivos religiosos o creencias personales.

Cita en el idioma original del documento

Tratado en reuniones (1)

Las reuniones de la Cámara de Representantes y el Senado que trataron este proyecto de ley, según sus transcripciones automáticas. Cada relato lo escribió Georgia Commons con IA y no forma parte del registro; el video es lo que se dijo.

Cronología del estado

  1. 2026-02-09House Second Readers (Cámara de Representantes)
  2. 2026-02-06House First Readers (Cámara de Representantes)
  3. 2026-02-05House Hopper (Cámara de Representantes)

Patrocinadores

  • Noelle Kahaian (R, HD-81)Patrocinador principal
  • Charlice Byrd (R, HD-20)
  • Emory Dunahoo (R, HD-31)
  • Dale Washburn (R, HD-144)
  • Josh Bonner (R, HD-73)

Temas

  • derecho de custodia infantil
  • cuidado temporal
  • política de identidad de género
  • derechos de los padres
  • bienestar infantil

Pregunte sobre este proyecto de ley

Las respuestas las escribe la IA a partir de este documento, que está en inglés, y cada cita se verifica con él. No es asesoría legal.

Legible por máquinas https://georgiacommons.org/bills/2025-2026/hb1210.md · https://georgiacommons.org/bills/index.md · MCP https://mcp.georgiacommons.org/mcp

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