Cámara de Representantes · Introduced · 2025-2026 Regular Session
HB 712: Ad valorem tax; prohibit property bills from including any nontax related fees or assessments
Última acción: 6 de marzo de 2025 · House Second Readers
El Proyecto de Ley 712 de la Cámara prohibiría a los gobiernos locales de Georgia incluir cargos no tributarios, como los de aguas pluviales o residuos sólidos, en las facturas de impuestos a la propiedad, a partir de las facturas emitidas el 1 de enero de 2026 o después.
Los resúmenes de abajo son traducciones de resúmenes en inglés escritos por un modelo de IA (claude-sonnet-5) a partir del texto del proyecto de ley; no forman parte de él. El proyecto de ley está en inglés. Cite el texto, no el resumen. El texto almacenado es la versión Introduced, la más reciente que publica el sitio web de la Asamblea General.
En lenguaje claro
Actualmente, muchos condados y ciudades de Georgia incluyen cargos por servicios como el manejo de aguas pluviales, la recolección de residuos sólidos, o el agua y las aguas residuales en la misma factura que la evaluación del impuesto ad valorem (impuesto a la propiedad) del propietario. Este proyecto de ley agregaría una nueva sección al código tributario de Georgia, O.C.G.A. § 48-5-35, que pone fin a esa práctica en las facturas del impuesto a la propiedad inmueble. Según el proyecto de ley, una factura de impuesto a la propiedad solo podría incluir la evaluación ad valorem de la propiedad misma. Los cargos como los de aguas pluviales, residuos sólidos, y agua o aguas residuales, junto con cualquier recargo por mora o interés vinculado a esos elementos no tributarios, tendrían que facturarse por separado. El proyecto de ley establece una excepción para los costos relacionados con el cobro de impuestos a la propiedad morosos, que aún podrían aparecer en la factura de impuestos. El cambio se aplicaría a todas las facturas y evaluaciones emitidas el 1 de enero de 2026 o después.
Qué hace el proyecto de ley
- Crea una nueva sección del código de Georgia, O.C.G.A. § 48-5-35, que prohíbe incluir cargos o evaluaciones no relacionados con impuestos en las facturas del impuesto ad valorem a la propiedad inmueble.
- Define los cargos no relacionados con impuestos para incluir, sin limitarse a, cargos por servicio de aguas pluviales, cargos por servicio de residuos sólidos, y cargos por agua y aguas residuales.
- Exige que cualquier recargo por mora, multa o interés vinculado a esos cargos no tributarios se facture por separado de la factura del impuesto a la propiedad.
- Exime los costos relacionados con el cobro de impuestos a la propiedad morosos, permitiendo que estos permanezcan en la factura de impuestos.
- Aplica la nueva regla a todas las facturas y evaluaciones de impuestos a la propiedad emitidas el 1 de enero de 2026 o después.
A quién afecta
Los propietarios que reciben facturas combinadas de impuestos y cargos por servicios, los comisionados de impuestos y oficinas de facturación de condados y ciudades que actualmente agrupan los cargos, y los departamentos de gobiernos locales que prestan servicios de aguas pluviales, residuos sólidos, y agua o aguas residuales y que dependen de las facturas de impuestos a la propiedad para cobrar esos cargos.
Por qué importa
De aprobarse, los propietarios comenzarían a recibir facturas separadas por servicios como aguas pluviales o recolección de basura, en lugar de una sola factura combinada de impuesto a la propiedad. Los gobiernos locales tendrían que cambiar sus sistemas y procesos de facturación para enviar estos cargos por un mecanismo diferente a partir de 2026.
Disposiciones clave
- La Sección 1 agrega el O.C.G.A. § 48-5-35(a), que prohíbe que las facturas de impuesto a la propiedad incluyan cualquier cargo o evaluación no relacionado con impuestos más allá de la propia evaluación ad valorem.
- El inciso (b) define los cargos no tributarios, enumerando como ejemplos los cargos de aguas pluviales, residuos sólidos, y agua y aguas residuales, y exige que estos se facturen por separado.
- El inciso (c) excluye de la nueva prohibición los cargos vinculados al cobro de impuestos a la propiedad morosos conforme al Título 15 o 48.
- El inciso (d) establece la fecha de vigencia, aplicando la ley a las facturas y evaluaciones emitidas el 1 de enero de 2026 o después.
- La Sección 2 deroga cualquier ley en conflicto.
Del proyecto de ley
“No bill or assessment for the collection and payment of ad valorem taxes on real property shall include any nontax related fees or any assessments other than the ad valorem assessment of the real property itself.”
“nontax related fees or assessments shall include, but shall not be limited to, storm-water service fees; solid waste service fees; fees for water and waste water”
Cronología del estado
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Patrocinadores
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Temas
- impuestos a la propiedad
- cargos de gobiernos locales
- cargos de aguas pluviales
- cargos de residuos sólidos
- facturación de impuestos