Senado · Introduced · 2025-2026 Regular Session
SB 183: Sales and Use Taxes; certain baby products from taxation; exempt
Última acción: 18 de febrero de 2025 · Senate Read and Referred
Un proyecto de ley del Senado de Georgia eximiría del impuesto estatal sobre ventas y uso a los pañales, ciertas cremas y toallitas para la piel de bebés, asientos infantiles para autos, cunas y cochecitos.
Los resúmenes de abajo son traducciones de resúmenes en inglés escritos por un modelo de IA (claude-sonnet-5) a partir del texto del proyecto de ley; no forman parte de él. El proyecto de ley está en inglés. Cite el texto, no el resumen. El texto almacenado es la versión Introduced, la más reciente que publica el sitio web de la Asamblea General.
En lenguaje claro
Según la ley actual de Georgia, la mayoría de las compras al por menor están sujetas al impuesto estatal sobre ventas y uso, con exenciones específicas enumeradas en el O.C.G.A. § 48-8-3. Este proyecto de ley agrega una nueva exención para una lista definida de productos para bebés, lo que significa que los compradores no pagarían impuesto sobre ventas por estos artículos en Georgia. El proyecto de ley define "productos para bebés" para incluir pañales infantiles, cremas y toallitas terapéuticas o preventivas comercializadas principalmente para uso en la piel de los niños, dispositivos de retención infantil o asientos elevadores que cumplan con las normas federales de seguridad, cunas que cumplan con las normas federales de seguridad para cunas de tamaño completo o no completo, y cochecitos para niños de hasta 36 meses que cumplan con las normas federales de seguridad para cochecitos. El proyecto de ley también hace una corrección técnica menor de puntuación en la lista de exenciones existente para que la nueva exención encaje gramaticalmente. Deroga cualquier ley en conflicto, una cláusula de cierre estándar.
Qué hace el proyecto de ley
- Agrega una nueva exención del impuesto sobre ventas y uso en el O.C.G.A. § 48-8-3 que cubre una lista definida de productos para bebés.
- Define "productos para bebés" para incluir los pañales infantiles como artículos exentos de impuestos.
- Exime las cremas y toallitas terapéuticas o preventivas comercializadas principalmente para uso en la piel de los niños.
- Exime los dispositivos de retención infantil y los asientos elevadores que cumplan con una norma federal de seguridad específica (49 C.F.R. § 571.213).
- Exime las cunas que cumplan con las normas federales de seguridad para cunas y los cochecitos para niños de hasta 36 meses que cumplan con las normas federales de seguridad para cochecitos.
- Hace un cambio técnico de puntuación en la lista de exenciones existente para que la nueva exención se lea correctamente junto con las entradas actuales.
A quién afecta
Los padres y cuidadores que compran pañales, cremas y toallitas para la piel de bebés, asientos para autos, cunas o cochecitos en Georgia, así como los minoristas que venden estos artículos y necesitarían dejar de cobrar impuesto sobre ventas por ellos.
Por qué importa
Las familias que compran pañales, asientos para autos, cunas y cochecitos pagarían menos al momento de pagar, ya que estos artículos ya no llevarían el impuesto sobre ventas de Georgia. Los minoristas que venden productos para bebés tendrían que ajustar cómo calculan el impuesto sobre los artículos que califican.
Disposiciones clave
- La Sección 1 enmienda el O.C.G.A. § 48-8-3 al agregar el nuevo párrafo (106), que exime del impuesto sobre ventas y uso a las ventas de "productos para bebés".
- El párrafo (106)(B) define "productos para bebés" con una lista específica: pañales, ciertas cremas y toallitas, dispositivos de retención infantil o asientos elevadores, cunas y cochecitos.
- Los dispositivos de retención infantil y los asientos elevadores deben cumplir con la norma de la Administración Nacional de Seguridad del Tráfico en las Carreteras bajo el 49 C.F.R. § 571.213 para calificar.
- Las cunas deben cumplir con las normas de la Comisión de Seguridad de Productos de Consumo de los Estados Unidos bajo el 16 C.F.R. Parte 1219 (tamaño completo) o Parte 1220 (no completo).
- Los cochecitos deben estar destinados a niños desde la infancia hasta los 36 meses y cumplir con la norma de la Comisión de Seguridad de Productos de Consumo bajo el 16 C.F.R. § 1227.2.
- La Sección 1 también hace una edición técnica, reemplazando un punto por '; or' al final del párrafo (105) para que la nueva exención se conecte correctamente con la lista existente.
- La Sección 2 deroga cualquier ley en conflicto, una disposición de cierre estándar.
Del proyecto de ley
“"(106)(A) Sales of baby products.”
“the term 'baby products' means: (i) Children's diapers; (ii) Therapeutic or preventive creams and wipes marketed primarily for use on the skin of children;”
Cronología del estado
- Senate Read and Referred (Senado)
- Senate Hopper (Senado)
Patrocinadores
- Nabilah Parkes (D, SD-7)
- Derek Mallow (D, SD-2)
- Jason Esteves (D, SD-35)
- Bo Hatchett (R, SD-50)
- Matt Brass (R, SD-6)
- Kim Jackson (D, SD-41)
Temas
- exención del impuesto sobre ventas
- productos para bebés
- pañales
- asientos de seguridad infantil
- cunas y cochecitos