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Corte Suprema de Georgia · disciplina de abogados

In the Matter of Sharon L. Barksdale

Presentada el 17 de enero de 2024 · Expediente S24Y0016 · 318 Ga. 150

La Corte Suprema de Georgia aceptó la petición voluntaria de una abogada que admitió no haber finalizado a tiempo una orden de custodia y haber mantenido a su clienta sin información, imponiendo una reprimenda pública.

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En lenguaje claro

Una mujer contrató a la abogada Sharon Barksdale para defenderla del intento del padre de su hijo de cambiar la custodia. Después de una audiencia en 2019 que en gran parte favoreció a la clienta, el juez le indicó a Barksdale que redactara una orden formal, pero ella nunca lo hizo, y tampoco le informó a su clienta sobre el retraso. Meses después, el padre pidió al tribunal que cambiara el acuerdo, y debido a que su abogado envió la notificación a una dirección equivocada, Barksdale nunca se enteró de la nueva audiencia y no asistió. La orden resultante de julio de 2020 fue considerablemente peor para la clienta, pues trasladó al niño a vivir con el padre en Virginia. Barksdale admitió haber violado las reglas que exigen diligencia y comunicación con la clienta, y presentó una petición pidiendo que el Colegio de Abogados del Estado y la Corte Suprema de Georgia aceptaran una sanción disciplinaria. Un magistrado especial determinó que su conducta fue negligente, no intencional, y recomendó una reprimenda pública. La Corte Suprema de Georgia estuvo de acuerdo e impuso esa reprimenda.

Qué decidió la corte

La Corte Suprema de Georgia determinó que las fallas admitidas por Barksdale, al no preparar con prontitud un documento ordenado por el tribunal y al no mantener informada a su clienta, violaron las Reglas 1.3 y 1.4 de las Reglas de Conducta Profesional de Georgia, y que, dado que su conducta fue negligente en lugar de intencional y los factores atenuantes eran considerables, una reprimenda pública, en lugar de una sanción más severa, era la disciplina apropiada.

Por qué importa

El caso muestra cómo un plazo no cumplido y una mala comunicación por parte de una abogada de derecho de familia pueden cambiar directamente el resultado de la custodia de un menor, y señala a los abogados de Georgia que fallas similares en la diligencia y en mantener informados a los clientes pueden traer disciplina pública incluso sin deshonestidad ni intención de causar daño.

Resultado

Petición de disciplina voluntaria aceptada; se impone reprimenda pública

Cómo llegó la corte a su decisión

  1. La corte aplicó los Estándares de la ABA para la Imposición de Sanciones a Abogados, que indican considerar el deber violado, el estado mental del abogado, el daño causado y cualquier factor agravante o atenuante.
  2. La corte determinó que Barksdale violó la Regla 1.3 (el deber de actuar con diligencia razonable, lo que significa que un abogado no debe abandonar ni desatender el asunto de un cliente sin causa) al no presentar una propuesta de orden de custodia ordenada por el tribunal y al no impugnar una orden desfavorable posterior.
  3. La corte determinó que Barksdale violó la Regla 1.4 (el deber de mantener a un cliente razonablemente informado) al no contarle a su clienta sobre la orden incumplida, el correo electrónico del tribunal sin responder y la audiencia de la que no tuvo conocimiento debido a un error de notificación del abogado de la otra parte.
  4. Debido a que el magistrado especial concluyó que las fallas de Barksdale se debieron a estar abrumada por su carga de casos y no a una mala conducta intencional, la sanción presunta bajo el Estándar 4.43 de la ABA para conducta negligente que causa daño era una reprimenda en lugar de una sanción más severa como la suspensión o la inhabilitación.
  5. La corte ponderó factores agravantes, la amplia experiencia legal de Barksdale y la vulnerabilidad de la clienta, frente a factores atenuantes que incluían la ausencia de disciplina previa, un remordimiento sincero y los cambios que hizo en su práctica, y determinó que los factores atenuantes pesaban más que los agravantes.
  6. La corte también consideró si correspondía una restitución, pero coincidió con el magistrado especial en que no había una restitución significativa disponible porque los honorarios los pagó un servicio legal, no la clienta, y ningún pago podía revertir los efectos de la orden de custodia.

Temas

  • disciplina de abogados
  • reprimenda pública
  • modificación de custodia de menores
  • Colegio de Abogados del Estado de Georgia
  • negligencia de un abogado

Pregunte sobre este caso

Las respuestas provienen de este documento, que está en inglés; las citas se muestran tal como aparecen en él. No es asesoría legal.

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